Reanudan actividades mesa de trabajo de elaboración de Ley de Alcaldías

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Integrantes de la mesa de trabajo que elabora la Ley de Alcaldías coincidieron en la necesidad de los programas de protección civil y la actualización del Atlas de Riesgo de la Ciudad de México.

En las instalaciones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, los diputados locales reanudaron el análisis de elaboración de la Ley de Alcaldías en materia de protección civil.

Para el diputado José Alfonso Suárez del Real, el programa de las alcaldías sobre protección civil debe estar integrado al del Programa de la Ciudad de México.

En la iniciativa, declaró el legislador, debe quedar claro que la primera respuesta del Plan delegacional anti contingencias corresponde a los alcaldes, para que la segunda respuesta dependa de la administración capitalina y la tercera sea obligación del gobierno federal.

Sobre la elaboración del Atlas de Riesgo, Suárez del Real sostuvo que la alcaldía no puede ser la única responsable del mapeo, pues los aspectos geofísicos y la mecánica de suelos se deben obtener de manera general, es decir, de la Ciudad en su conjunto.

Sin embargo, destacó el diputado de Morena, la alcaldía sí debe tener acceso a las actualizaciones del Atlas que le revelen las condiciones de su territorio.

Suárez del Real consideró asimismo, que el perfil del encargado de protección civil en la alcaldía, debe contar con estudios específicos de fenómenos perturbadores y, sobre todo, de primera reacción para así responder de manera expedita y adecuada ante cualquier contingencia.

Otro aspecto de debate fue la propuesta para que la Ley de Alcaldías sea nombrada como Ley Orgánica. A decir del diputado Andrés Atayde, esta denominación permitiría que la Ley establezca definiciones, facultades, procedimientos, obligaciones y reglas de cumplimiento transversal, además de regular o normar materias especificas.

En respuesta, el diputado Suárez del Real señaló que el título que actualmente se propone, como Ley Constitucional, deriva del artículo Décimo Primero transitorio de la Constitución Política de la Ciudad de México, el cual faculta a la Asamblea Legislativa a expedir las cinco principales leyes constitucionales.

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