Recuerda – Constitución Política Ciudad de México http://constitucionpoliticacd.mx Información sobre la Constitución Política de la Ciudad de México CDMX, Un foro, todas las voces, Asamblea Legislativa VII Legislatura Sun, 03 Jun 2018 19:44:38 +0000 es-MX hourly 1 https://wordpress.org/?v=4.9.8 http://constitucionpoliticacd.mx/wp-content/uploads/2016/02/cropped-logo-blanco-vf-footer-retina-32x32.png Recuerda – Constitución Política Ciudad de México http://constitucionpoliticacd.mx 32 32 Piden cuidar el derecho a tener una ciudad con calidad de vida http://constitucionpoliticacd.mx/piden-cuidar-el-derecho-a-tener-una-ciudad-con-calidad-de-vida/ http://constitucionpoliticacd.mx/piden-cuidar-el-derecho-a-tener-una-ciudad-con-calidad-de-vida/#respond Thu, 22 Mar 2018 18:09:35 +0000 http://constitucionpoliticacd.mx/?p=4598 Para rehabilitar los espacios públicos que se consideran inseguros y peligrosos, el Instituto de Investigaciones Parlamentarias de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a cargo de Miguel Errasti Arango, realizó el foro El Derecho a la Belleza en la Ley de Alcaldías de la Ciudad de México.

El titular de este Instituto destacó la importancia de armonizar el marco jurídico con el concepto de la belleza, toda vez que se requiere cuidar la imagen de la metrópoli y evitar que calles, avenidas y parques sean utilizados para cometer algún ilícito.

Abundó que la integración del concepto de belleza a esta ley representa un avance en el marco jurídico, ya que contribuye a preservar edificios con valor histórico y arquitectónico, a mejorar las calles y optimizar los servicios públicos, como pueden ser la recolección de basura y el alumbrado público.

De esta manera, se incentiva a la población no solo a cuidar la imagen urbana, sino a utilizar los espacios públicos como áreas de esparcimiento, de convivencia y para el deporte, agregó.

En su intervención, Juan Carlos Mansur, catedrático del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM), destacó que la belleza y la calidad de vida en nuestra forma de habitar es algo esencial en la vida de toda persona y de la comunidad en la que vive.

Además, la belleza de una ciudad es el reflejo de nuestro nivel de educación, así como de madurez política y de justicia social.

Durante el encuentro, se dijo que con esta ley haya un gobierno de proximidad; es decir, un gobierno cercano a los ciudadanos que solucione problemas sociales de manera inmediata. De ahí que en los artículos 13, 18 y 52 se considere un fondo para la revalorización y conservación del patrimonio.

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Analizará ALDF observaciones a la Ley de Alcaldías http://constitucionpoliticacd.mx/analizara-aldf-observaciones-a-la-ley-de-alcaldias/ http://constitucionpoliticacd.mx/analizara-aldf-observaciones-a-la-ley-de-alcaldias/#respond Thu, 01 Mar 2018 17:45:18 +0000 http://constitucionpoliticacd.mx/?p=4592 El presidente de la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), Leonel Luna Estrada, informó que se analizarán las observaciones enviadas por la Consejería Jurídica a la Ley de Alcaldías, aprobada por unanimidad en este órgano legislativo.

Destacó que se estudiarán en conjunto con todos los grupos parlamentarios y, en caso de ser necesario, se consultarán algunos puntos con la Consejería Jurídica de la Ciudad de México.

Explicó que en su mayoría algunas de los señalamientos son relativos a procedimientos, por lo que confía que se resolverá en forma efectiva y en un breve lapso.

La Ley de Alcaldías es una de las cinco leyes constitucionales que aprobó la ALDF por mandato de la Constitución Política de la Ciudad de México; fue resultado de mesas de trabajo, donde diversas expresiones políticas participaron y aprobado el pasado 21 de diciembre del 2017.

Recordó que las Alcaldías sustituirán a la figura de Jefaturas Delegacionales, impulsarán la participación ciudadana en la toma de decisiones y contarán con contrapesos a través de la figura de los concejales, lo cual abonará a la transparencia y rendición de cuentas de los gobiernos de proximidad.

Esta nueva forma de gobierno será vigente a partir octubre de este año, por lo que la ALDF mantiene su compromiso por un marco jurídico que garantice el bienestar de los ciudadanos.

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Cumple ALDF con mandato constitucional http://constitucionpoliticacd.mx/cumple-aldf-con-mandato-constitucional/ http://constitucionpoliticacd.mx/cumple-aldf-con-mandato-constitucional/#respond Sun, 24 Dec 2017 04:53:00 +0000 http://constitucionpoliticacd.mx/?p=4565

La VII legislatura cumple con el mandato constitucional de aprobar las leyes constitucionales

La Asamblea Legislativa del Distrito Federal cumplió con el mandato constitucional de aprobar las cinco leyes constitucionales que ayudan a formar las bases sólidas para la nueva organización administrativa, política y ciudadana de la Ciudad de México a partir de 2018.

Las y los diputados integrantes de la VII aprobaron este sábado la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como la Ley de la Sala Constitucional de la Ciudad de México, con lo cual se cumple con el mandato del artículo Décimo Primero Transitorio de la Constitución.

La legislación en materia electoral, contenida en el Código de Procedimientos electorales de la Ciudad de México, fue aprobado en julio pasado, así como las leyes orgánicas del Instituto Electoral y del Tribunal Electoral de la entidad.

La Ley de Alcaldías, la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México, así como la Ley del Congreso fueron aprobadas el 21 de enero pasado por unanimidad por los diputados presentes en el pleno.

El artículo décimo primero Transitorio de la constitución Política de la Ciudad de México faculta a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para que a más tardar el 31 de diciembre de este año, “expida las leyes constitucionales relativas a la organización y funcionamiento de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de la Ciudad de México”.

El artículo también señala que la ALDF tiene facultades para “expedir las normas necesarias para la implementación de las disposiciones constitucionales relativas a la organización política y administrativa de la Ciudad de México y para que sus autoridades ejerzan las facultades que establece esta Constitución”

La Constitución Política de la CDMX señala que las leyes relativas al Poder Legislativo entrarán en vigor el 17 de septiembre de 2018; las del Poder Ejecutivo el 5 de diciembre de 2018 y las del Poder Judicial el 1 de junio de 2019.

Las disposiciones relativas al Consejo Judicial Ciudadano y al Consejo de la Judicatura deberán iniciar su vigencia a partir del 1 de octubre de 2018; las de la Sala Constitucional, que deberán iniciar su vigencia a partir del 1 de enero de 2019.

Ley Orgánica de Poder Judicial

La Ley del Poder Judicial da un cambio de paradigma en lo que respecta a la designación de quiénes ocuparán una magistratura, lo que da respuesta a una demanda constante de los ciudadanos y que exista una verdadera independencia de este poder.

En la Ciudad de México habrá el número de juzgados que el Consejo de la Judicatura considere necesarios para que la administración de justicia sea expedita.

En esta nueva ley se agrupan los órganos que formarán parte del Tribunal, y el Consejo de la Judicatura establece que el Centro de Justicia Alternativa será un órgano desconcentrado del Tribunal de Justicia y tendrá plena autonomía técnica, operativa, presupuestaria y de decisión, mientras el Instituto de Servicio Periciales y Ciencias Forenses será un órgano más separado del Consejo de la Judicatura y estará dotado de autonomía técnica y presupuestal, por lo que deberá ser especializado en la prestación de servicios periciales y forenses.

A diferencia del actual sistema, los nombramientos de los magistrados, ahora se propone sean designados y en su caso ratificados por las dos terceras partes del Congreso de entre las ternas que emita el propio Consejo.

En lo que respecta al nombramiento de juzgadores (juezas y jueces), se destaca que será por un período de seis años y podrá ser ratificado previa evaluación pública del Consejo de la Judicatura.

La Ley incluye las propuestas presentadas en las iniciativas de los diputados Carlos Alfonso Candelaria, independiente, José Manuel Delgadillo de Acción Nacional (PAN); Leonel Luna Estrada, de la Revolución Democrática (PRD); Mariana Moguel del Revolucionario Institucional (PRI), así como la opinión del Verde Ecologista de México.

Ley Orgánica de la Administración Pública Local del Poder Ejecutivo de la Ciudad de México

El Ley establece las reglas para la integración del Gobierno de Coalición y quien sea titular de la Jefatura de Gobierno podrá optar por conformarlo al inicio o en cualquier momento de su gestión.

Deberá garantizarse la paridad de género en el gabinete del Gobierno de la Ciudad. Y en caso de Gobierno de Coalición, se deberá proponer ante el Congreso los nombramientos para su posible ratificación.

Incluye la creación del Sistema Integral de Información, Diagnóstico, Monitoreo y Evaluación del Desarrollo Urbano, el cual se concentrará la información referente a la Planeación y el Desarrollo Urbano, así como las políticas de orden Ambiental, incluyendo la tramitología para las licencias y permisos necesarios para cualquier construcción, así como los determinantes de su aprobación.

Además, establece las atribuciones de la Jefatura de Gobierno en materia de cuenta de la hacienda pública, solicitud de deuda, derechos laborales, gobierno abierto, prevención del delito, entre otras.

Conforme al contenido de la Constitución Política de la Ciudad de México, contempla el derecho a la buena administración.

La Administración Pública de la Ciudad de México estará conformada por la Jefatura de Gobierno, las Secretarías, y la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, y los Órganos Desconcentrados. Entre los organismos descentralizados, estarán las empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos públicos. Los organismos político administrativos son determinados Alcaldías, con funcionamiento y atribuciones establecidas en la Ley del mismo nombre.

Para la aprobación de esta Ley de incluyeron seis iniciativas en la materia por parte de los diputados Leonel Luna, coordinador del Grupo Parlamentario del PRD; Luis Alberto Mendoza Acevedo, del PAN; José Encarnación Alfaro Cázares, del PRI y presidente de la Comisión para la Reforma Política; Roxana Ávila García, de Movimiento Ciudadano; Beatriz Rojas, de Morena y otra conjunta de legisladores de los Grupos Parlamentarios del PRI, PAN, PRD y PVEM.

Ley Orgánica de Alcaldías

Las Alcaldías son la nueva forma de gobierno que sustituye a las Jefaturas Delegacionales. Se integrarán por una Alcaldesa o Alcalde y un Concejo, electos por votación universal, libre, secreta y directa para un periodo de tres años. Seis de estos concejales representarán las circunscripciones en las cuales se dividirá cada Alcaldía, las cuales mantienen la identidad de los pueblos y barrios originarios y comunidades.

El Concejo es el órgano colegiado electo en cada demarcación territorial, que tiene como funciones la supervisión y evaluación de las acciones de gobierno, el control del ejercicio del gasto público y la aprobación del proyecto de presupuesto de egresos correspondiente a la Alcaldía. En ningún caso ejercerán funciones de gobierno y de administración pública.

Con la ley se garantiza la personalidad jurídica y se dota de autonomía a las Alcaldías con respecto a su administración y al ejercicio de su presupuesto y establece competencias en sus jurisdicciones en materia de movilidad, seguridad, obra pública, seguridad ciudadana, entre otras. Además, establece estar sujeta a las disposiciones de las leyes relacionadas con los sistemas nacional y local anticorrupción que establecen la Constitución Local.

La ley determina los requisitos para ser alcalde o alcaldesa, tales como ser mayor de 25 años, tener residencia efectiva en la demarcación, por lo menos de seis meses ininterrumpidos inmediatamente anteriores al día de la elección; así como no ocupar cargos públicos, al menos 60 días antes de la elección.

Las Alcaldías son los gobiernos de proximidad con los ciudadanos y no hay autoridad intermedia entre éstos.

Ley Orgánica del Congreso

La Ley Orgánica del Congreso contiene 12 títulos y 56 capítulos con un total de 148 artículos que  regulan la forma, estructura, organización y procedimientos que se llevarán a cabo en el Congreso, mismo que funcionará en Pleno, Comisiones y Comités.

Estará formado por 66 diputados, 33 electos por el principio de mayoría relativa y 33 de representación proporcional, debiendo cumplir con el principio de paridad de género.

Asimismo establece que se contará con una presidencia rotativa que durará un año, tal y como sucede en la Junta de Coordinación Política.

El Congreso, complementó estará conformado por las unidades administrativas con las que actualmente cuenta y funciona la Asamblea Legislativa, como la Coordinación de Servicios Parlamentarios, Oficialía Mayor, Contraloría Interna, Tesorería, Instituto de Investigaciones Legislativas, Coordinación de Comunicación Social, Canal de Televisión, Unidad de Transparencia, Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas, y se agrega la Unidad del Consejo Consultivo de Desarrollo Urbano de la Ciudad de México.

Realizará sus funciones legislativas mediante dos periodos ordinarios, el primero de ellos comprenderá del primero de septiembre al 15 de diciembre, excepto cuando la persona titular del ejecutivo local inicie su encargo, en cuyo caso, podrá extenderse hasta el 31 de diciembre de ese mismo año. El segundo dará inicio el 1 de febrero de cada año y culminará el 31 de mayo.

Ley del Electoral

La legislación en materia electoral fue aprobada en junio pasado, con 17 iniciativas presentadas por diputadas y diputados de distintos grupos parlamentarios.

Entre sus innovaciones, incluye la posibilidad de conformar gobiernos de coalición y un empoderamiento de los ciudadanos a través de instrumentos de democracia directa, tales como el referéndum y el plebiscito y da las bases para la conformación de las Alcaldías, que sustituyen a las delegaciones y el primer Congreso de la capital de país.

Comprende el nuevo Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal y la Ley Procesal Electoral del Distrito Federal y se expide el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México y la Ley Procesal Electoral para Ciudad de México; y reformas a diversas disposiciones de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal y del Código Penal para el Distrito Federal.

Incluye nuevos métodos de impugnación y mayores herramientas a los órganos electorales para garantizar procesos más equitativos y sanciones más duras a quienes hagan uso de programas sociales como herramienta para inducir en la emisión de los votos.

Ley de la Sala Constitucional

La Sala Constitucional conocerá y resolverá las acciones de inconstitucionalidad, las controversias constitucionales, las acciones por omisión legislativa, entre otros.

Además del juicio de restitución obligatoria de derechos humanos, por recomendaciones aceptadas y no cumplidas, a fin de emitir medidas para su ejecución; las impugnaciones por resoluciones emitidas por los jueces de tutela en acción de protección efectiva de derechos humanos; y las impugnaciones que se presenten en el desarrollo del procedimiento de referéndum para declarar la procedencia, periodicidad y validez de éste.

Mientras que la Sala será integrada por siete magistradas y magistrados designados por el Pleno del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, cuya selección será en sesiones abiertas y transparentes, de acuerdo al procedimiento que establezca la Ley Orgánica. El número de integrantes de un mismo género no podrá ser mayor a cuatro.

Los integrantes de la Sala Constitucional durarán hasta ocho años en el cargo y podrán ser ratificados.

El artículo 80 de dicho dictamen de Ley menciona que: Las acciones de inconstitucionalidad podrán ser interpuestas por la persona titular de la Jefatura de Gobierno, con al menos 33 por ciento de las y los diputados del Congreso; cualquier organismo constitucional autónomo en la materia de su competencia; la o el Fiscal General de Justicia.

Así como los partidos políticos en el rubro electoral, y la ciudadanía que considere afectados sus derechos por la vigencia de dicha Ley, siempre que la solicitud cuente con al menos cinco mil firmas de las personas inscritas en la lista nominal de electores de la ciudad.

El ley incluye las propuestas de las iniciativas presentadas por los diputados Jorge Romero Herrera, coordinador del Grupo Parlamentario del PAN, y de Mariana Moguel Robles, del GP PRI.

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Lista la Ley Orgánica de la Administración Pública de la CDMX http://constitucionpoliticacd.mx/lista-la-ley-organica-de-la-administracion-publica-de-la-cdmx/ http://constitucionpoliticacd.mx/lista-la-ley-organica-de-la-administracion-publica-de-la-cdmx/#respond Thu, 21 Dec 2017 08:01:25 +0000 http://constitucionpoliticacd.mx/?p=4558 El pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó por 56 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.

El dictamen fue leído en el pleno por el diputado priista José Encarnación Alfaro Cázares, también presidente de la Comisión Especial para la Reforma Política del Distrito Federal.

La Ley retoma de la Constitución Política de la Ciudad de México, que es considerado un espacio abierto a las personas desplazadas, nacional o extranjeros siempre y cuando sean reconocidos como refugiados y se las haya otorgado asilo político.

Los diputados Luis Alberto Mendoza Acevedo, del PAN; Vania Roxana Ávila García, de Movimiento Ciudadano;  José Encarnación Alfaro Cázares, del PRI; Leonel Luna Estrada, del PRD; Beatriz Rojas Martínez, de Morena, y Dunia Ludlow Deloya, del PRI fueron los diputados promoventes de seis iniciativas con las cuales se enriqueció el contenido del dictamen.

“El derecho a la buena Administración Pública es un derecho de carácter receptivo, eficaz y eficiente que se debe regir por los principios de generalidad, uniformidad, regularidad, continuidad, calidad y uso de las tecnologías de la información y comunicación”, destacó el legislador local.

Agregó que todas las iniciativas presentadas fueron analizadas de manera minuciosa para determinar su viabilidad, y que para la emisión del presente dictamen se tomó, como referencia, la iniciativa presentada por Leonel Luna, por contener las consultas a dependencias.

“La Constitución Política de la Ciudad de México señala en su artículo 34 que la Administración Pública será centralizada y paraestatal y se regirá bajo los principios de innovación, atención ciudadana, gobierno abierto”, agregó el diputado.

Dijo que el sistema de gobierno abierto obliga a los entes públicos a informar a través de una plataforma de datos abiertos y que esté apoyada con nuevas tecnologías que garantice la política de gobierno digital, la transparencia, la rendición de cuentas y el acceso a la información.

Así, con 56 votos quedó abrogada la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

La nueva Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México establece que la Ciudad de México es una entidad federativa con personalidad jurídica y patrimonio propio, sede de los Poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos.

Además, que la persona titular de la Jefatura de Gobierno puede optar por conformar un gobierno de coalición al inicio o en cualquier momento de su gestión, atendiendo lo dispuesto por la Constitución Federal y la Constitución local y demás ordenamientos aplicables, y que no puede durar más de 6 años en el cargo.

Menciona que las Alcaldías no podrán constituir ni participar en fideicomisos de carácter privado.

La nueva Ley entrará en vigor el 5 de diciembre de 2018.

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Aprueba ALDF dictámenes para Ley Orgánica y el Reglamento del Congreso de la Ciudad de México http://constitucionpoliticacd.mx/aprueba-aldf-dictamenes-para-ley-organica-y-el-reglamento-del-congreso-de-la-ciudad-de-mexico/ http://constitucionpoliticacd.mx/aprueba-aldf-dictamenes-para-ley-organica-y-el-reglamento-del-congreso-de-la-ciudad-de-mexico/#respond Mon, 18 Dec 2017 20:51:41 +0000 http://constitucionpoliticacd.mx/?p=4539 La Comisión de Normatividad Legislativa, Estudios y Prácticas Parlamentarias de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó por unanimidad los dictámenes de la Ley Orgánica y el Reglamento del Congreso de la Ciudad de México, con lo que se da cumplimiento al mandato de elaborar leyes que deriven de la Constitución Política de la Ciudad de México.

Durante la Vigésima Quinta Sesión Ordinaria de esta Comisión Legislativa, su presidente, el diputado local José Manuel Ballesteros López, destacó que se incrementarán a más de 100 las facultades del Congreso local, en comparación con las 38 que actualmente tiene la ALDF.

Entre las nuevas facultades se encuentran realizar designaciones y nombramientos al titular de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, Jefa o Jefe de Gobierno en el caso de falta absoluta, integrantes de los consejos ciudadanos, y Magistradas o Magistrados del Tribunal Superior de Justicia a propuesta del Consejo de la Judicatura, entre otros.

Asimismo, comentó que actualmente la Asamblea Legislativa cuenta con 38 comisiones ordinarias, 16 especiales y 10 comités, lo que da un total de 64, pero el Congreso de la Ciudad de México tendrá únicamente 31 comisiones ordinarias y 9 comités, lo anterior para estar en congruencia con el tema de austeridad con el que deben operar las instituciones, dependencias y órganos de gobierno.

El diputado Manuel Ballesteros destacó que el Congreso de la Ciudad de México iniciará funciones en septiembre de 2018 y sesionará más tiempo en sus dos periodos ordinarios, el primero comprenderá del 1 de septiembre al 15 de diciembre del mismo año, excepto cuando la persona titular del Ejecutivo local inicie su encargo, en cuyo caso, podrá extenderse hasta el 31 de diciembre de ese mismo año. El segundo periodo dará inicio el 1 de febrero de cada año y culminará el 31 de mayo del mismo.

“El presente dictamen está conformado con un total de 12 títulos y  56 capítulos que en su total conforman 147 artículos, éstos regulan la forma, estructura, organización y procedimientos que se llevarán a cabo en el Congreso”, explicó.

En cuanto a su integración, se conformará por 66 diputaciones, 33 electas según el principio de mayoría relativa y 33 según el principio de representación proporcional,  y deberá cumplir con el principio de paridad de género.

Asimismo, el Congreso contará con una Mesa Directiva y un Órgano de Coordinación Política que reflejarán en su composición la pluralidad y proporción de los Grupos Parlamentarios que integren al Pleno. La Presidencia de la Mesa Directiva será rotativa cada año y no podrá depositarse simultáneamente en representantes de mismo partido político.

Respecto al Reglamento de la Ley del Congreso de la Ciudad de México, el diputado informó que cuenta con 12 títulos, 35 capítulos y 99 secciones que en su conjunto integran 527 artículos.

“Es importante señalar que El Congreso deberá actuar en todo momento conforme a los principios de parlamento abierto, transparencia y  máxima publicidad,   interés social, proximidad gubernamental y el de buena administración de carácter receptivo, eficaz y eficiente”, subrayó.

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Destaca Luisa Alpízar que Constitución local garantiza el derecho al tiempo libre http://constitucionpoliticacd.mx/destaca-luisa-alpizar-que-constitucion-local-garantiza-el-derecho-al-tiempo-libre/ http://constitucionpoliticacd.mx/destaca-luisa-alpizar-que-constitucion-local-garantiza-el-derecho-al-tiempo-libre/#respond Wed, 22 Nov 2017 22:16:37 +0000 http://constitucionpoliticacd.mx/?p=4502 La diputada Luisa Yanira Alpízar Castellanos, presidenta de la Comisión de Turismo de la ALDF, aseguró que la Constitución Política de la Ciudad de México garantiza el derecho de esparcimiento y al tiempo libre para todos los capitalinos.

Durante la comparecencia del secretario de Turismo del Gobierno capitalino, Armando López Cárdenas, ante las Comisiones Unidas de
Turismo y Fomento Económico, la diputada señaló que la Organización Mundial del Turismo exhorta a desarrollar un turismo social que permita
a la mayoría de los ciudadanos, incluidos los jóvenes, los estudiantes, las personas
adultas mayores y con discapacidad, los viajes y las vacaciones.

Al respecto, mencionó que el artículo 13, inciso F, de la Constitución Política de la Ciudad de México establece el derecho al tiempo libre que dice textual: “En la Ciudad de México, toda persona tiene derecho a tener tiempo para la convivencia, el esparcimiento, el cuidado
personal, el descanso, el disfrute del ocio y a una duración razonable de sus jornadas de trabajo. En atención al principio de igualdad sustantiva, las autoridades impulsarán políticas sociales, económicas y territoriales que liberen tiempo y permitan a las personas alcanzar el bienestar”.

Durante la comparecencia, la diputada pidió al secretario que informara sobre las acciones emprendidas para garantizar ese nuevo derecho a los capitalinos, quienes podrán ejercerlos a partir de septiembre de 2018.

El secretario informó que el Jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera, dio instrucciones para potencializar y permitir a los habitantes de la Ciudad de México tener acceso a todas sus atracciones o el mayor número de atracciones posibles y que los habitantes de la Ciudad de México conozcan cada vez más y mejor su ciudad a través del turismo social.

“Lo virtuoso de este programa que se potencializó es de que antes íbamos a
20 atracciones públicas, pero ahora vamos a más de 100 privadas”, aseguró el funcionario.

La actividad turística aporta más de 8.5 en el Producto Interno Bruto nacional,
en su mayoría generado a través de servicios como alojamiento, transporte de pasajeros,
bares, restaurantes, agencias de viajes, servicios de alquiler y negocio.

Además, crea más de 2.3 millones de puestos, es decir casi el 6% de los trabajadores ocupando el total nacional, esto se debe en gran medida al desarrollo
de políticas públicas orientadas al desarrollo de la industria turística.

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Analizan la función social del suelo en la Constitución Política de la CDMX http://constitucionpoliticacd.mx/analizan-la-funcion-social-del-suelo-en-la-constitucion-politica-de-la-cdmx/ http://constitucionpoliticacd.mx/analizan-la-funcion-social-del-suelo-en-la-constitucion-politica-de-la-cdmx/#respond Fri, 17 Nov 2017 18:58:40 +0000 http://constitucionpoliticacd.mx/?p=4500 El Instituto de Investigaciones Parlamentarias de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal realizó la tercera sesión del seminario Ética y Derecho, con el tema “La función social del suelo en la Constitución de la Ciudad de México”, al cual acudieron expertos de la academia en las áreas de la sociología, derecho y urbanismo.

El director general del Instituto, Miguel Ángel Errasti, expresó que este espacio es una forma de vincular el trabajo legislativo con la academia.

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“Cuando tuvimos la intención de charlar sobre la función del suelo, lo que menos pensamos es que nos enfrentaríamos a una situación como la del sismo del 19 de septiembre (…) Nunca pensamos que iba a suceder lo que sucedió”, dijo el director del Instituto de Investigaciones Parlamentarias.

La doctora Jasmín Anavel Monterrubio Redondo, de la UAM Azcapotzalco, planteó en su ponencia que el concepto de ciudad es un producto social y que debe servir al bien común.

Señaló que el derecho a la propiedad es un derecho humano; sin embargo, tiene una relación social de exclusión. Entre los desafíos del régimen de planeación urbana, destacó que los legisladores deben basar su postura en el bien común y que se requiere de una planeación urbana con principios éticos.

En su turno, el doctor Antonio Azuela de la Cueva, del Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM, coincidió en la relación social de exclusión incluida en el concepto de propiedad privada. Cuestionó si la propiedad privada tiene una función o no, pues esto implica una relación de poder y es el de excluir.

Explicó que el significado de la propiedad de cada objeto va a ser variable y que el sujeto de la propiedad le imprime su carácter, si es un empresario, una familia o una empresa y que la propiedad privada es una relación social compleja y diversificada.

Como un ejemplo de los retos de la urbanización y la propiedad en medio de espacios con alta especulación, el arquitecto Enrique Ortiz Flores, de HIC-Hábitat Internacional Coalition América Latina, habló del desplazamiento de las familias pobres a otras zonas de la ciudad, lo cual afecta su calidad de vida por largos traslados y a sus familias debido a las largas ausencias de los padres.

Expresó que ha habido un desalojo invisible porque el precio del suelo se ha elevado generando una oferta masiva de microviviendas en la zona periférica de la ciudad con impactos negativos y creando una expansión irracional de ciudades dormitorio. Ante ello, planteó la necesidad de mantener políticas que permitan la adquisición de suelo por parte de productores sociales organizados.

El doctor Francisco Javier Dorantes, director de Relaciones Interinstitucionales de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial, destacó que en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no hay una mención sobre la función social de la propiedad.

Explicó que no es sencillo legislar sobre el concepto de la función social de la propiedad, y que la función social de la ciudad tiene que ver con el derecho a la Ciudad. Esto no como un derecho específico, sino como un grupo de derechos, como son la movilidad, el trabajo y la salud, entre otros. En ese sentido, la función social de la Ciudad sería el género y la función social de la propiedad sería la especie.

Martín Gabriel Rosas, secretario técnico de la Comisión de Desarrollo Urbano de la ALDF, en representación de la diputada Margarita Martínez Fisher, dijo que tras el sismo, la Comisión trabaja en la dictaminación de la Ley del Programa para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la CDMX, enviada por el jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera.

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Abren exposición sobre elaboración de la Constitución Capitalina http://constitucionpoliticacd.mx/abren-exposicion-sobre-elaboracion-de-la-constitucion-capitalina/ http://constitucionpoliticacd.mx/abren-exposicion-sobre-elaboracion-de-la-constitucion-capitalina/#respond Thu, 16 Nov 2017 19:27:47 +0000 http://constitucionpoliticacd.mx/?p=4497 El proceso de elaboración de la primera Constitución Política de la Ciudad de México es mostrado a través de la exposición “Ágora CDMX”, la cual fue inaugurada por el Jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera Espinosa.

Mancera Espinosa afirmó que la exposición va dirigida a todas las generaciones de capitalinos, quienes podrán conocer cómo se construyó la Carta Magna local.

“La Constitución Política de la Ciudad de México es resultado de una suma de voluntades, con todas y cada una de las fuerzas políticas representadas con una amplísima participación, un gran debate y una discusión nutrida que dio pie después a una firma de todos y cada uno de los integrantes de esta tarea”, dijo.

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A la inauguración asistieron varios ex constituyentes, encargados de analizar y aprobar los artículos. Entre ellos, el ex presidente de la Mesa Directiva de la Asamblea Constituyente, Alejandro Encinas Rodríguez.

El Antiguo Palacio del Ayuntamiento alberga sitios históricos como el Salón de Cabildos. En esta ocasión, la galería está ubicada en el segundo piso.

Los asistentes al museo podrán conocer las etapas de conformación de la Constitución Política de la CDMX, las leyes, instituciones y prácticas de gobierno, la carta de los derechos, además de un área que destaca el sismo ocurrido el pasado 19 de septiembre.

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Establece la Constitución protección a la inversión legal: Chertorivski http://constitucionpoliticacd.mx/establece-la-constitucion-proteccion-a-la-inversion-legal-chertorivski/ http://constitucionpoliticacd.mx/establece-la-constitucion-proteccion-a-la-inversion-legal-chertorivski/#respond Wed, 15 Nov 2017 20:22:41 +0000 http://constitucionpoliticacd.mx/?p=4495 El Secretario de Desarrollo Económico de la Ciudad de México, Salomón Chertorivski Woldenberg, aseguró que la Constitución Política de la Ciudad de México mandata la protección a la inversión legal y legítima.

Durante su comparecencia en las comisiones unidas de Fomento Económico y de Abasto y de Distribución de Alimentos, el funcionario local recordó que más del 92 por ciento de los empresarios en la capital del país son pequeñitos, y el 99 por ciento son medianos pequeñitos y pequeñitos.

“La Constitución mandata proteger la inversión legal y legítima como un derecho, como un derecho. Es decir, si yo arriesgo mi dinero, si una persona decide abrir un lugar de comida corrida, una pequeña tienda de abarrotes, tiene derecho a que se le proteja y no a que se le intimide o que se le agreda, y en ese sentido la Ley y la Constitución nos mandatan a la protección”, informó.

Dijo que para proteger un negocio, éste debe estar registrado en el sistema electrónico de avisos y permisos de establecimientos mercantiles.

Mencionó que en la oficina de atención a la inversión en la Secretaría han sido atendidas a 35 mil personas o negocios y vía telefónica a más de 37 mil personas o negocios.

“Abrimos también el Consejo Económico y Social de la Ciudad. Este espacio fantástico en donde convergen los diferentes sectores: académico, empresarial, sindical, de organizaciones sociales y gubernamental de nuestra Ciudad, que hoy quedó respaldado por la Constitución, se echó a andar, y ha generado proyectos muy relevantes”, agregó.

Durante la comparecencia, el diputado José Encarnación Alfaro Cázares recordó que Chertorivski Woldenberg participó en las definiciones constitucionales que tienen que ver con un nuevo marco de desarrollo económico.

Mientras que el diputado Miguel Ángel Abadía Pardo reiteró que la Constitución de la Ciudad de México expone una serie de lineamientos que de implementarse de manera óptima podrían cambiar de una buena vez el desempeño no optimizado de nuestra economía.

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Destaca Leonel Luna contenido de propuesta de Ley de Poder Judicial http://constitucionpoliticacd.mx/destaca-leonel-luna-contenido-de-propuesta-de-ley-de-poder-judicial/ http://constitucionpoliticacd.mx/destaca-leonel-luna-contenido-de-propuesta-de-ley-de-poder-judicial/#respond Mon, 23 Oct 2017 20:50:02 +0000 http://constitucionpoliticacd.mx/?p=4468 El diputado Leonel Luna Estrada destacó que la propuesta de Ley Orgánica de Poder Judicial de la Ciudad de México tiene varias ventajas que colocarían a la capital en la vanguardia.

El diputado agradeció el apoyo del magistrado Álvaro Augusto Pérez Juárez, presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, y al magistrado Ángel Humberto Montiel Trujano por el trabajo conjunto para materializar la iniciativa de Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México.

En su intervención, Álvaro Augusto dijo que el objetivo principal es que la justicia sea cercana a la ciudadanía.

Para Luna Estrada, dicha iniciativa se ajusta a lo dispuesto en la Constitución Política de la Ciudad de México que estableció una nueva estructura y funcionamiento del Poder Judicial de la Ciudad, y por ello es necesario definir la organización, funcionamiento y competencia de los órganos que conformarán el Poder Judicial de la Ciudad de México.

La iniciativa reproduce el texto de los artículos que conforman la actual Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y que no contravienen las disposiciones previstas en los artículos 35 y 36 de la Constitución local.

La propuesta dedica un apartado para reglamentar la competencia de la Sala Constitucional y de los juzgados de tutela de derechos humanos, en armonía con el artículo 36 de la Constitución local.

En la nueva norma que se propone, se agrupan los órganos que formarán parte del Tribunal y del Consejo de la Judicatura, en los títulos que a cada uno se les asigna en la iniciativa, porque de acuerdo a la Constitución, el Centro de Justicia Alternativa será un órgano desconcentrado del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, mientras que el Instituto de Estudios Judiciales y el Instituto de Servicios Periciales y Ciencias Forenses serán órganos desconcentrados del Consejo de la Judicatura.

Uno de los aspectos más relevantes de la iniciativa es el uso de lenguaje incluyente, previsto en la Constitución local, al mencionar a operadores jurídicos, auxiliares de la administración de justicia y además servidores públicos que apoyan la labor jurisdiccional.

En justicia laboral se dispone que sea impartida en los órganos del Poder Judicial Federal o de los poderes judiciales locales, en la presente iniciativa se incluyen las salas y juzgados laborales como nuevos órganos jurisdiccionales del TSJCDMX.

Otro tema novedoso es la propuesta del servicio civil de carrera administrativa al que se hace referencia en el artículo 35, apartado E, numeral 11 de la Constitución local.

La iniciativa busca dotar de una Ley al Poder Judicial de la Ciudad acorde con la realidad y en sincronía con los lineamientos y principios rectores emitidos tanto en la Constitución federal y la Constitución local.

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