Noticias – Constitución Política Ciudad de México http://constitucionpoliticacd.mx Información sobre la Constitución Política de la Ciudad de México CDMX, Un foro, todas las voces, Asamblea Legislativa VII Legislatura Sun, 03 Jun 2018 19:44:38 +0000 es-MX hourly 1 https://wordpress.org/?v=4.9.8 http://constitucionpoliticacd.mx/wp-content/uploads/2016/02/cropped-logo-blanco-vf-footer-retina-32x32.png Noticias – Constitución Política Ciudad de México http://constitucionpoliticacd.mx 32 32 Se promulgan leyes constitucionales de la Ciudad http://constitucionpoliticacd.mx/se-promulgan-leyes-constitucionales-de-la-ciudad/ http://constitucionpoliticacd.mx/se-promulgan-leyes-constitucionales-de-la-ciudad/#respond Fri, 04 May 2018 19:36:58 +0000 http://constitucionpoliticacd.mx/?p=4611 El día de hoy se publica el Decreto de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, por lo tanto se abroga la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

También se publica la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México y su ley reglamentaria; así como las observaciones hechas por el Jefe de Gobierno a la Ley de Alcaldías de la Ciudad de México.

Además, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México y la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, reglamentaria del artículo 36 de la Constitución Política de la Ciudad de México. “Esta última constituye una vanguardia porque es de las primeras que se instalan en el país”, resaltó.

El Presidente de la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, Leonel Leuna,  destacó que con la publicación de las leyes secundarias se da un paso muy importante en la historia de la Ciudad de México, ya que marca una nueva etapa política-administrativa de esta capital.

A la ALDF correspondió la redacción de las leyes secundarias, por lo que hizo un reconocimiento a los grupos parlamentarios representados en este órgano legislativo por los consensos alcanzados.

“Hoy fue publicado el paquete de leyes secundarias de la Constitución local, reconozco y agradezco al Jefe de Gobierno su apoyo y el haberlas publicado. Es un día para celebrar”, resaltó.

Recordó que las Alcaldías sustituirán a la figura de Jefaturas Delegacionales, impulsarán la participación ciudadana en la toma de decisiones y contarán con contrapesos a través de la figura de los concejales, lo cual abonará a la transparencia y rendición de cuentas de los gobiernos de proximidad.

Esta nueva forma de gobierno será vigente a partir octubre de este año, mientras la Ley del Congreso de la Ciudad de México establece las facultades para desempeñar de manera eficaz las funciones inherentes a su naturaleza jurídica como son, aprobar el presupuesto de la Ciudad, las modificaciones a la Constitución General y a las leyes locales.

Asimismo, señaló, con la expedición de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, así como de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México se otorgan las facultades necesarias para que el Poder Judicial de la CDMX se erija como el poder garante del cumplimiento de las leyes y de Constitución de esta entidad federativa.

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Analizará ALDF observaciones a la Ley de Alcaldías http://constitucionpoliticacd.mx/analizara-aldf-observaciones-a-la-ley-de-alcaldias/ http://constitucionpoliticacd.mx/analizara-aldf-observaciones-a-la-ley-de-alcaldias/#respond Thu, 01 Mar 2018 17:45:18 +0000 http://constitucionpoliticacd.mx/?p=4592 El presidente de la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), Leonel Luna Estrada, informó que se analizarán las observaciones enviadas por la Consejería Jurídica a la Ley de Alcaldías, aprobada por unanimidad en este órgano legislativo.

Destacó que se estudiarán en conjunto con todos los grupos parlamentarios y, en caso de ser necesario, se consultarán algunos puntos con la Consejería Jurídica de la Ciudad de México.

Explicó que en su mayoría algunas de los señalamientos son relativos a procedimientos, por lo que confía que se resolverá en forma efectiva y en un breve lapso.

La Ley de Alcaldías es una de las cinco leyes constitucionales que aprobó la ALDF por mandato de la Constitución Política de la Ciudad de México; fue resultado de mesas de trabajo, donde diversas expresiones políticas participaron y aprobado el pasado 21 de diciembre del 2017.

Recordó que las Alcaldías sustituirán a la figura de Jefaturas Delegacionales, impulsarán la participación ciudadana en la toma de decisiones y contarán con contrapesos a través de la figura de los concejales, lo cual abonará a la transparencia y rendición de cuentas de los gobiernos de proximidad.

Esta nueva forma de gobierno será vigente a partir octubre de este año, por lo que la ALDF mantiene su compromiso por un marco jurídico que garantice el bienestar de los ciudadanos.

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Los puntos clave de la Constitución CDMX a un año de su publicación http://constitucionpoliticacd.mx/constitucion-cdmx-alcaldias-entrada-en-vigor/ http://constitucionpoliticacd.mx/constitucion-cdmx-alcaldias-entrada-en-vigor/#respond Mon, 05 Feb 2018 12:42:12 +0000 http://constitucionpoliticacd.mx/?p=4584

Este 5 de febrero se cumple un año de la publicación de la primera Constitución Política de la Ciudad de México. Estos son algunos puntos clave sobre este  documento histórico para la capital del país y sus habitantes.

  1. ¿Qué sigue después de la publicación?

La Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó leyes constitucionales en cinco ejes para el funcionamiento de las nuevas reglas de Gobierno: Alcaldías, Administración Pública Local, legislación electoral, nuevo Congreso de la Ciudad y Poder Judicial.

2. ¿En qué cambia la Ciudad con la nueva Constitución?

Este texto fundamental de la ciudad garantiza una serie de derechos y reglas de la administración pública a la cual deberán estar sujetas todas las leyes de la Ciudad.

El Gobierno de la Ciudad contará con un cabildo con el fin de no centrar las decisiones de gobierno una sola persona.

Las Alcaldías contarán con un concejo integrado por 10 concejales -inicialmente- , seis selectas en plantilla junto con el o la alcaldesa y cuatro más de forma abierta con el fin de aprobar temas como el presupuesto y decisiones de los gobiernos de proximidad.

3. ¿En qué beneficia a los ciudadanos?

Crea figuras de participación ciudadana e instrumentos que ponen límites a quienes están al frente de la administración pública, como el plebiscito, la consulta ciudadana, el referéndum y la revocación de mandato.

Incluye una carta de derechos que reconoce una serie de derechos sociales que la convierte en una Constitución de avanzada, de acuerdo con expertos en derecho.

4. ¿Qué derechos reconoce?

El derecho a la libre autodeterminación en cada individuo, el derecho al trabajo, a la libertad de expresión, a una vivienda digna, entre otros.

Crea además un derecho a un ingreso mínimo vital como un recurdo con el fin de ayudar a disminuir la pobreza.

Plantea que no se podrán privatizar los servicios de abasto de agua potable y garantiza el acceso a este bien de forma gratuita y de calidad.

5. ¿Qué pasará con las leyes vigentes?

Seguirán funcionando en tanto no contravengan el contenido de la Constitución e irán siendo adecuadas por el Congreso de la Ciudad de México en distintos plazos.

6. ¿Qué pasará con la impugnación ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación?

La Constitución de la Ciudad, como todo ordenamiento legal, está sujeto al control constitucional por el Alto Tribunal, cuyos ministros deberán determinar si se alega a la Carta Magna del país

7. ¿Cuándo entrará en vigor?

La Constitución entrará en vigor a partir del 17 de septiembre de este año, salvo en materia electoral, que entró en vigor en febrero de 2017, un día después de su publicación con el fin de que la ALDF pudiera aprobar la legislación electoral antes del inicio del periodo electoral 2017-2018.  En sus artículos transitorios se definen distintos plazos para cumplir con la legislación y distintas disposiciones.

9. ¿Dónde puedo conocer la Constitución de la Ciudad de México?

Hay diversas ediciones gratuitas y otras de particulares. Su texto íntegro fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 5 de febrero de 2017.

 

 

 

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Cumple ALDF con mandato constitucional http://constitucionpoliticacd.mx/cumple-aldf-con-mandato-constitucional/ http://constitucionpoliticacd.mx/cumple-aldf-con-mandato-constitucional/#respond Sun, 24 Dec 2017 04:53:00 +0000 http://constitucionpoliticacd.mx/?p=4565

La VII legislatura cumple con el mandato constitucional de aprobar las leyes constitucionales

La Asamblea Legislativa del Distrito Federal cumplió con el mandato constitucional de aprobar las cinco leyes constitucionales que ayudan a formar las bases sólidas para la nueva organización administrativa, política y ciudadana de la Ciudad de México a partir de 2018.

Las y los diputados integrantes de la VII aprobaron este sábado la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como la Ley de la Sala Constitucional de la Ciudad de México, con lo cual se cumple con el mandato del artículo Décimo Primero Transitorio de la Constitución.

La legislación en materia electoral, contenida en el Código de Procedimientos electorales de la Ciudad de México, fue aprobado en julio pasado, así como las leyes orgánicas del Instituto Electoral y del Tribunal Electoral de la entidad.

La Ley de Alcaldías, la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México, así como la Ley del Congreso fueron aprobadas el 21 de enero pasado por unanimidad por los diputados presentes en el pleno.

El artículo décimo primero Transitorio de la constitución Política de la Ciudad de México faculta a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para que a más tardar el 31 de diciembre de este año, “expida las leyes constitucionales relativas a la organización y funcionamiento de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de la Ciudad de México”.

El artículo también señala que la ALDF tiene facultades para “expedir las normas necesarias para la implementación de las disposiciones constitucionales relativas a la organización política y administrativa de la Ciudad de México y para que sus autoridades ejerzan las facultades que establece esta Constitución”

La Constitución Política de la CDMX señala que las leyes relativas al Poder Legislativo entrarán en vigor el 17 de septiembre de 2018; las del Poder Ejecutivo el 5 de diciembre de 2018 y las del Poder Judicial el 1 de junio de 2019.

Las disposiciones relativas al Consejo Judicial Ciudadano y al Consejo de la Judicatura deberán iniciar su vigencia a partir del 1 de octubre de 2018; las de la Sala Constitucional, que deberán iniciar su vigencia a partir del 1 de enero de 2019.

Ley Orgánica de Poder Judicial

La Ley del Poder Judicial da un cambio de paradigma en lo que respecta a la designación de quiénes ocuparán una magistratura, lo que da respuesta a una demanda constante de los ciudadanos y que exista una verdadera independencia de este poder.

En la Ciudad de México habrá el número de juzgados que el Consejo de la Judicatura considere necesarios para que la administración de justicia sea expedita.

En esta nueva ley se agrupan los órganos que formarán parte del Tribunal, y el Consejo de la Judicatura establece que el Centro de Justicia Alternativa será un órgano desconcentrado del Tribunal de Justicia y tendrá plena autonomía técnica, operativa, presupuestaria y de decisión, mientras el Instituto de Servicio Periciales y Ciencias Forenses será un órgano más separado del Consejo de la Judicatura y estará dotado de autonomía técnica y presupuestal, por lo que deberá ser especializado en la prestación de servicios periciales y forenses.

A diferencia del actual sistema, los nombramientos de los magistrados, ahora se propone sean designados y en su caso ratificados por las dos terceras partes del Congreso de entre las ternas que emita el propio Consejo.

En lo que respecta al nombramiento de juzgadores (juezas y jueces), se destaca que será por un período de seis años y podrá ser ratificado previa evaluación pública del Consejo de la Judicatura.

La Ley incluye las propuestas presentadas en las iniciativas de los diputados Carlos Alfonso Candelaria, independiente, José Manuel Delgadillo de Acción Nacional (PAN); Leonel Luna Estrada, de la Revolución Democrática (PRD); Mariana Moguel del Revolucionario Institucional (PRI), así como la opinión del Verde Ecologista de México.

Ley Orgánica de la Administración Pública Local del Poder Ejecutivo de la Ciudad de México

El Ley establece las reglas para la integración del Gobierno de Coalición y quien sea titular de la Jefatura de Gobierno podrá optar por conformarlo al inicio o en cualquier momento de su gestión.

Deberá garantizarse la paridad de género en el gabinete del Gobierno de la Ciudad. Y en caso de Gobierno de Coalición, se deberá proponer ante el Congreso los nombramientos para su posible ratificación.

Incluye la creación del Sistema Integral de Información, Diagnóstico, Monitoreo y Evaluación del Desarrollo Urbano, el cual se concentrará la información referente a la Planeación y el Desarrollo Urbano, así como las políticas de orden Ambiental, incluyendo la tramitología para las licencias y permisos necesarios para cualquier construcción, así como los determinantes de su aprobación.

Además, establece las atribuciones de la Jefatura de Gobierno en materia de cuenta de la hacienda pública, solicitud de deuda, derechos laborales, gobierno abierto, prevención del delito, entre otras.

Conforme al contenido de la Constitución Política de la Ciudad de México, contempla el derecho a la buena administración.

La Administración Pública de la Ciudad de México estará conformada por la Jefatura de Gobierno, las Secretarías, y la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, y los Órganos Desconcentrados. Entre los organismos descentralizados, estarán las empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos públicos. Los organismos político administrativos son determinados Alcaldías, con funcionamiento y atribuciones establecidas en la Ley del mismo nombre.

Para la aprobación de esta Ley de incluyeron seis iniciativas en la materia por parte de los diputados Leonel Luna, coordinador del Grupo Parlamentario del PRD; Luis Alberto Mendoza Acevedo, del PAN; José Encarnación Alfaro Cázares, del PRI y presidente de la Comisión para la Reforma Política; Roxana Ávila García, de Movimiento Ciudadano; Beatriz Rojas, de Morena y otra conjunta de legisladores de los Grupos Parlamentarios del PRI, PAN, PRD y PVEM.

Ley Orgánica de Alcaldías

Las Alcaldías son la nueva forma de gobierno que sustituye a las Jefaturas Delegacionales. Se integrarán por una Alcaldesa o Alcalde y un Concejo, electos por votación universal, libre, secreta y directa para un periodo de tres años. Seis de estos concejales representarán las circunscripciones en las cuales se dividirá cada Alcaldía, las cuales mantienen la identidad de los pueblos y barrios originarios y comunidades.

El Concejo es el órgano colegiado electo en cada demarcación territorial, que tiene como funciones la supervisión y evaluación de las acciones de gobierno, el control del ejercicio del gasto público y la aprobación del proyecto de presupuesto de egresos correspondiente a la Alcaldía. En ningún caso ejercerán funciones de gobierno y de administración pública.

Con la ley se garantiza la personalidad jurídica y se dota de autonomía a las Alcaldías con respecto a su administración y al ejercicio de su presupuesto y establece competencias en sus jurisdicciones en materia de movilidad, seguridad, obra pública, seguridad ciudadana, entre otras. Además, establece estar sujeta a las disposiciones de las leyes relacionadas con los sistemas nacional y local anticorrupción que establecen la Constitución Local.

La ley determina los requisitos para ser alcalde o alcaldesa, tales como ser mayor de 25 años, tener residencia efectiva en la demarcación, por lo menos de seis meses ininterrumpidos inmediatamente anteriores al día de la elección; así como no ocupar cargos públicos, al menos 60 días antes de la elección.

Las Alcaldías son los gobiernos de proximidad con los ciudadanos y no hay autoridad intermedia entre éstos.

Ley Orgánica del Congreso

La Ley Orgánica del Congreso contiene 12 títulos y 56 capítulos con un total de 148 artículos que  regulan la forma, estructura, organización y procedimientos que se llevarán a cabo en el Congreso, mismo que funcionará en Pleno, Comisiones y Comités.

Estará formado por 66 diputados, 33 electos por el principio de mayoría relativa y 33 de representación proporcional, debiendo cumplir con el principio de paridad de género.

Asimismo establece que se contará con una presidencia rotativa que durará un año, tal y como sucede en la Junta de Coordinación Política.

El Congreso, complementó estará conformado por las unidades administrativas con las que actualmente cuenta y funciona la Asamblea Legislativa, como la Coordinación de Servicios Parlamentarios, Oficialía Mayor, Contraloría Interna, Tesorería, Instituto de Investigaciones Legislativas, Coordinación de Comunicación Social, Canal de Televisión, Unidad de Transparencia, Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas, y se agrega la Unidad del Consejo Consultivo de Desarrollo Urbano de la Ciudad de México.

Realizará sus funciones legislativas mediante dos periodos ordinarios, el primero de ellos comprenderá del primero de septiembre al 15 de diciembre, excepto cuando la persona titular del ejecutivo local inicie su encargo, en cuyo caso, podrá extenderse hasta el 31 de diciembre de ese mismo año. El segundo dará inicio el 1 de febrero de cada año y culminará el 31 de mayo.

Ley del Electoral

La legislación en materia electoral fue aprobada en junio pasado, con 17 iniciativas presentadas por diputadas y diputados de distintos grupos parlamentarios.

Entre sus innovaciones, incluye la posibilidad de conformar gobiernos de coalición y un empoderamiento de los ciudadanos a través de instrumentos de democracia directa, tales como el referéndum y el plebiscito y da las bases para la conformación de las Alcaldías, que sustituyen a las delegaciones y el primer Congreso de la capital de país.

Comprende el nuevo Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal y la Ley Procesal Electoral del Distrito Federal y se expide el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México y la Ley Procesal Electoral para Ciudad de México; y reformas a diversas disposiciones de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal y del Código Penal para el Distrito Federal.

Incluye nuevos métodos de impugnación y mayores herramientas a los órganos electorales para garantizar procesos más equitativos y sanciones más duras a quienes hagan uso de programas sociales como herramienta para inducir en la emisión de los votos.

Ley de la Sala Constitucional

La Sala Constitucional conocerá y resolverá las acciones de inconstitucionalidad, las controversias constitucionales, las acciones por omisión legislativa, entre otros.

Además del juicio de restitución obligatoria de derechos humanos, por recomendaciones aceptadas y no cumplidas, a fin de emitir medidas para su ejecución; las impugnaciones por resoluciones emitidas por los jueces de tutela en acción de protección efectiva de derechos humanos; y las impugnaciones que se presenten en el desarrollo del procedimiento de referéndum para declarar la procedencia, periodicidad y validez de éste.

Mientras que la Sala será integrada por siete magistradas y magistrados designados por el Pleno del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, cuya selección será en sesiones abiertas y transparentes, de acuerdo al procedimiento que establezca la Ley Orgánica. El número de integrantes de un mismo género no podrá ser mayor a cuatro.

Los integrantes de la Sala Constitucional durarán hasta ocho años en el cargo y podrán ser ratificados.

El artículo 80 de dicho dictamen de Ley menciona que: Las acciones de inconstitucionalidad podrán ser interpuestas por la persona titular de la Jefatura de Gobierno, con al menos 33 por ciento de las y los diputados del Congreso; cualquier organismo constitucional autónomo en la materia de su competencia; la o el Fiscal General de Justicia.

Así como los partidos políticos en el rubro electoral, y la ciudadanía que considere afectados sus derechos por la vigencia de dicha Ley, siempre que la solicitud cuente con al menos cinco mil firmas de las personas inscritas en la lista nominal de electores de la ciudad.

El ley incluye las propuestas de las iniciativas presentadas por los diputados Jorge Romero Herrera, coordinador del Grupo Parlamentario del PAN, y de Mariana Moguel Robles, del GP PRI.

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Lista la Ley Orgánica de la Administración Pública de la CDMX http://constitucionpoliticacd.mx/lista-la-ley-organica-de-la-administracion-publica-de-la-cdmx/ http://constitucionpoliticacd.mx/lista-la-ley-organica-de-la-administracion-publica-de-la-cdmx/#respond Thu, 21 Dec 2017 08:01:25 +0000 http://constitucionpoliticacd.mx/?p=4558 El pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó por 56 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.

El dictamen fue leído en el pleno por el diputado priista José Encarnación Alfaro Cázares, también presidente de la Comisión Especial para la Reforma Política del Distrito Federal.

La Ley retoma de la Constitución Política de la Ciudad de México, que es considerado un espacio abierto a las personas desplazadas, nacional o extranjeros siempre y cuando sean reconocidos como refugiados y se las haya otorgado asilo político.

Los diputados Luis Alberto Mendoza Acevedo, del PAN; Vania Roxana Ávila García, de Movimiento Ciudadano;  José Encarnación Alfaro Cázares, del PRI; Leonel Luna Estrada, del PRD; Beatriz Rojas Martínez, de Morena, y Dunia Ludlow Deloya, del PRI fueron los diputados promoventes de seis iniciativas con las cuales se enriqueció el contenido del dictamen.

“El derecho a la buena Administración Pública es un derecho de carácter receptivo, eficaz y eficiente que se debe regir por los principios de generalidad, uniformidad, regularidad, continuidad, calidad y uso de las tecnologías de la información y comunicación”, destacó el legislador local.

Agregó que todas las iniciativas presentadas fueron analizadas de manera minuciosa para determinar su viabilidad, y que para la emisión del presente dictamen se tomó, como referencia, la iniciativa presentada por Leonel Luna, por contener las consultas a dependencias.

“La Constitución Política de la Ciudad de México señala en su artículo 34 que la Administración Pública será centralizada y paraestatal y se regirá bajo los principios de innovación, atención ciudadana, gobierno abierto”, agregó el diputado.

Dijo que el sistema de gobierno abierto obliga a los entes públicos a informar a través de una plataforma de datos abiertos y que esté apoyada con nuevas tecnologías que garantice la política de gobierno digital, la transparencia, la rendición de cuentas y el acceso a la información.

Así, con 56 votos quedó abrogada la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

La nueva Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México establece que la Ciudad de México es una entidad federativa con personalidad jurídica y patrimonio propio, sede de los Poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos.

Además, que la persona titular de la Jefatura de Gobierno puede optar por conformar un gobierno de coalición al inicio o en cualquier momento de su gestión, atendiendo lo dispuesto por la Constitución Federal y la Constitución local y demás ordenamientos aplicables, y que no puede durar más de 6 años en el cargo.

Menciona que las Alcaldías no podrán constituir ni participar en fideicomisos de carácter privado.

La nueva Ley entrará en vigor el 5 de diciembre de 2018.

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Aprueba ALDF Ley Orgánica de Alcaldías de la CDMX http://constitucionpoliticacd.mx/aprueba-aldf-ley-organica-de-alcaldias-de-la-cdmx/ http://constitucionpoliticacd.mx/aprueba-aldf-ley-organica-de-alcaldias-de-la-cdmx/#respond Thu, 21 Dec 2017 07:57:27 +0000 http://constitucionpoliticacd.mx/?p=4556

Se trata de una de las leyes secundarias que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal está facultada para aprobar por mandato constitucional

El pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó por mayoría la Ley Orgánica de Alcaldías, una de las leyes secundarias de la primera Constitución de la Ciudad de México, producto de la Reforma Política del Distrito Federal.

Las Alcaldías serán los nuevos gobiernos de proximidad, en lugar de las jefaturas delegacionales. Estarán compuestas por un alcalde o alcaldesa y un Concejo integrado, por 10 concejales, seis de los cuales representarán a una parte del territorio y la población de la delegación, denominadas circunscripciones.

A nombre de la Comisión de Administración Pública Local y de la Mesa de Alcaldías, el Diputado José Encarnación Alfaro, presidente de la Comisión Especial para Reforma Política, expuso en tribuna la relevancia de la aprobación del dictamen, producto de la Reforma Política publicada el 29 enero de 2016.

“La Ley de Alcaldías propuesta en el presente dictamen es el resultado del esfuerzo conjunto de las diversas expresiones políticas de la Asamblea Legislativa y da cumplimiento no sólo a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Constitución Política de la Ciudad de México, sino que continúa construyendo un marco legal progresivo respetuoso de los derechos humanos y que constituirá base fundamental del acercamiento entre gobernantes y gobernados”, dijo en tribuna.

La diputada del GP PRD Elena Segura presentó reservas a los artículos 71 en su último párrafo, el artículo 150 y el 17 transitorio, los cuales fueron aprobados por mayoría.

Las Alcaldías son la nueva forma de gobierno que sustituye a las Jefaturas Delegacionales. Se integrarán por una Alcaldesa o Alcalde y un Concejo. Éste es el órgano colegiado electo en cada demarcación territorial, que tiene como funciones la supervisión y evaluación de las acciones de gobierno, el control del ejercicio del gasto público y la aprobación del proyecto de presupuesto de egresos correspondiente a la Alcaldía. En ningún caso ejercerán funciones de gobierno y de administración pública.

Con la ley se garantiza la personalidad jurídica y se dota de autonomía a las Alcaldías con respecto a su administración y al ejercicio de su presupuesto y establece competencias en sus jurisdicciones en materia de movilidad, seguridad, obra pública, seguridad ciudadana, entre otras. Además, establece estar sujeta a las disposiciones de las leyes relacionadas con los sistemas nacional y local anticorrupción que establecen la Constitución Local.

La ley determina los requisitos para ser alcalde o alcaldesa, tales como ser mayor de 25 años, tener residencia efectiva en la demarcación, por lo menos de seis meses ininterrumpidos inmediatamente anteriores al día de la elección; así como no ocupar cargos públicos, al menos 60 días antes de la elección.

El Diputado Encarnación Alfaro expuso que se presentaron 13 iniciativas, una signada por diputadas y diputados de Encuentro Social, Humanista, Morena, Movimiento Ciudadano, Nueva Alianza, del Partido de la Revolución Democrática, del Partido Revolucionario Institucional y Partido Verde Ecologista de México; otra por diputados del GP PAN; una más de la Diputada Vania Ávila García, de Movimiento Ciudadano.

El Diputado Andrés Atayde, del Grupo Parlamentario del PAN, dijo en el razonamiento de su voto que es un modelo legal adecuado para la organización y administración de las Alcaldías.

“Las Alcaldías son el gobierno de proximidad, el gobierno que estará más cerca de la vecina y del vecino, el que atiende y recibe y las demandas y el que más las conoce”, dijo el Diputado Atayde.

Destacó que a las Alcaldías se les dio más facultades para que puedan enfrentar con el respaldo jurídico sus compromisos con las y los ciudadanos, incluidos temas de avanzada con gobiernos abiertos, transparentes y que rindan cuentas.

La Reforma Política de la Ciudad de México

La reforma constitucional publicada el 29 de enero de 2016 en materia de la Reforma Política de la Ciudad de México se le atribuyó a la Asamblea Constituyente discutir, aprobar, expedir y ordenar la Constitución Política de la Ciudad de México.

El 5 de febrero se publicó en la Gaceta de la Ciudad de México el decreto por el que se expide la Constitución Política de la Ciudad de México, que en su capítulo 6 establece las directrices de las Alcaldías.

Además, faculta a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a que expida las leyes necesarias para el funcionamiento de las Alcaldías a partir de su funcionamiento en 2018.

Por parte de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, desde el 26 de septiembre de 2016 se establecieron las mesas de trabajo con el fin de coordinar las actividades para expedir las leyes secundarias de la Ciudad de México, entre las cuales está la Ley de Alcaldías.

Bajo la coordinación del Diputado José Alfonso Suárez del Real, del Grupo Parlamentario de Morena y Edith Segura, del Grupo Parlamentario del PRD, se llevaron a cabo 15 reuniones de trabajo, cuyos resultados fueron compartidos con la Comisión de Administración Pública Local para su dictaminación.

Diputados de los distintos grupos parlamentarios reconocieron el trabajo realizado por el Dip. Suárez del Real.

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Primera Ley del Congreso de la CDMX http://constitucionpoliticacd.mx/primera-ley-congreso-cdmx/ http://constitucionpoliticacd.mx/primera-ley-congreso-cdmx/#respond Thu, 21 Dec 2017 07:51:43 +0000 http://constitucionpoliticacd.mx/?p=4553 Con 60 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, los integrantes de la VII Legislatura aprobaron en Sesión Ordinaria la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México, la segunda de las cinco leyes secundarias que mandata al órgano legislativo la Constitución de Política de la Ciudad de México.

Con el aval de esta ley, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal cierra sus puertas y a partir del 17 de  septiembre del 2018 se transformará en el primer  Congreso de la Ciudad de México con lo que se materializará en la entidad  una nueva forma de legislar, señaló el diputado Manuel Ballesteros presidente de la Comisión de Normatividad Legislativa, Estudios y Prácticas Parlamentarias quien fundamentó en tribuna el dictamen.

La Ley Orgánica del Congreso contiene 12 títulos y 56 capítulos con un total de 148 artículos que  regulan la forma, estructura, organización y procedimientos que se llevarán a cabo en el Congreso, mismo que funcionará en Pleno, Comisiones y Comités.

El documento señala que la integración del Congreso será de 66 diputados, 33 electos por el principio de mayoría relativa y 33 de representación proporcional, debiendo cumplir con el principio de paridad de género.

Asimismo establece que se contará con una presidencia rotativa que durará un año, tal y como sucede en la Junta de Coordinación Política.

“El día de hoy quienes integramos este órgano legislativo estamos haciendo y siendo parte de una nueva historia pues se materializa una nueva forma de legislar en la ciudad y a la vez estamos despidiendo a la que dejara de ser Asamblea Legislativa del Distrito Federal y transformará en el Congreso de la Ciudad de México”, señaló el diputado Ballesteros López quien aseguró el dictamen es resultado de las múltiples leyes que se han aprobado en el recinto legislativo de Donceles.

También complementó el dictamen es resultado de las iniciativas de las iniciativas que presentó él, así como el diputado Leonel Luna Estrada, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Ernesto Sánchez Rodríguez, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional; Carlos Alfonso Candelaria López, diputado independiente; José Encarnación Alfaro Cázares, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, así como  la diputada Vania Roxana Avila García, integrante del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano.

“Además con las diferentes propuestas y preocupaciones de las y los diputados y de los grupos parlamentarios de esta  Asamblea Legislativa, VII Legislatura, quienes logramos un dictamen de consenso”, aseveró.

El Congreso, complementó estará conformado por las unidades administrativas con las que actualmente cuenta y funciona la Asamblea Legislativa, como la Coordinación de Servicios Parlamentarios, Oficialía Mayor, Contraloría Interna, Tesorería, Instituto de Investigaciones Legislativas, Coordinación de Comunicación Social, Canal de Televisión, Unidad de Transparencia, Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas, y se agrega la Unidad del Consejo Consultivo de Desarrollo Urbano de la Ciudad de México.

El Congreso, recalcó Ballesteros López realizará sus funciones legislativas mediante dos periodos ordinarios, el primero de ellos comprenderá del primero de septiembre al 15 de diciembre, excepto cuando la persona titular del ejecutivo local inicie su encargo, en cuyo caso, podrá extenderse hasta el 31 de diciembre de ese mismo año. El segundo dará inicio el 1 de febrero de cada año y culminará el 31 de mayo.

Cabe destacar que el Congreso de la Ciudad de México tendrá únicamente 31 comisiones ordinarias y nueve comités.

De igual manera la ley contiene nuevas y progresistas figuras y atribuciones  que emanan de la Constitución Local, tal es el caso de los reconocimiento y otorgamiento de la facultad de iniciar leyes a las y los ciudadanos (a través de la iniciativa ciudadana), a la o el Jefe de Gobierno, a las Alcaldías, al Tribunal Superior de Justicia y a los Organismos Autónomos de esta ciudad.

Al razonar su voto a favor, el diputado Raúl Flores del PRD indicó con la aprobación de esta ley se tienen los cimiento para dejar atrás al régimen de un sólo hombre y dar paso  a “un congreso más equilibrado y que reconozca la nueva composición. En la Ley del Congreso se reconoce también el poder ciudadano”, destacó.

En su oportunidad Ernesto Sánchez del PAN reconoció al diputado Ballesteros López por haber tomado las propuestas de todos los Grupos Parlamentarios y afirmó que esta ley viene a fortalecer los principios básicos que necesita la capital “la transparencia, la rendición de cuentas y robustece a un Congreso plural y no autoritario”.

Por su parte Dunia Ludlow  del PRI añadió que a lo largo de los últimos meses se realizó un intenso trabajo y una discusión de fondo para llegar a este dictamen, “esas discusiones pusieron en juego nuestras capacidades para sumar y lograr un consenso a favor de una ley que es constitucional ni más ni menos. El reto no fue menor porque se trataba de elaborar un sistema de normas para que nuestros compañeros del próximo Congreso”.

Néstor Núñez López de Morena felicitó a los integrantes de la Comisión dictaminadora y en especial al diputado Ballesteros López por la apertura y el ánimo siempre de escuchar las opiniones de quienes incluso no integraron las comisiones.

“A 15 años de la publicación de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal hago uso de esta Tribuna para posicionar al grupo de MORENA con relación a la aprobación de la Primera Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México, fruto de la Reforma Política promulgada el 29 de enero de 2017”, afirmó.

La diputada Aleida Alavez integrante también de Morena señaló que el nuevo marco constitucional de la capital del país impone la renovación de los poderes públicos y su entramado jurídico. “No debe ser sólo un cambio estético, sino uno que acerque a las instituciones con sus mandantes, con los propietarios de la soberanía, los ciudadanos.  La participación ciudadana es un valor indispensable de toda democracia, favorecer mecanismos que acerquen a la ciudadanía en el ejercicio de sus derechos y la participación en las construcciones de decisiones que impactan en su desarrollo, debe ser una misión del nuevo Congreso de la Ciudad”, advirtió.

Al hacer uso de la palabra la diputada Mariana Moguel del PRI  pidió reservar los artículos 4, 13, 66, 93 y 104, los cuales fueron discutidos en lo particular  y aprobados también por unanimidad ante el pleno.

“Compañeros diputados, se trata de dar un paso fundamental para el nuevo arreglo institucional del Congreso de la Ciudad de México, una gran oportunidad que tenemos por delante para que sigamos consolidando la visión de género en el trabajo legislativo “, acotó.

A través de las reservas, añadió se busca reconocer y dotar al Centro de Estudios Legislativos para la Igualdad de Género (CELIG) de autonomía operativa.

La propuesta de modificación al artículo 13 reconoce la competencia y atribución que tendrá el Congreso de la Ciudad de México para realizar investigaciones y estudios referentes a la situación de las mujeres y los hombres en la Ciudad de México, a fin de que las leyes u otros ordenamientos legales que expida el próximo Congreso.

La propuesta de modificación a los artículos 4 y 93 reconocen al CELIG como un órgano administrativo y de apoyo legislativo, y la modificación al artículo 66 incorpora en las atribuciones de la Comisión Permanente ratificar también el nombramiento que haga la junta o el encargado del despacho del CELIG de la misma forma en que se hace con los otros órganos administrativos y de apoyo legislativo.

Con lo anterior el Centro de Estudios Legislativos para la Igualdad de Género se estableció será un órgano de apoyo técnico del Congreso de la Ciudad de México, lo que vendrá a fortalecer el trabajo legislativo que hasta la fecha ha venido realizando esta Asamblea Legislativa.

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Aprueba ALDF tres leyes secundarias de la Constitución CDMX http://constitucionpoliticacd.mx/aprueba-aldf-tres-leyes-secundarias-de-la-constitucion-cdmx/ http://constitucionpoliticacd.mx/aprueba-aldf-tres-leyes-secundarias-de-la-constitucion-cdmx/#respond Thu, 21 Dec 2017 07:33:14 +0000 http://constitucionpoliticacd.mx/?p=4550 En un hecho histórico en la vida política de la Ciudad de México, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó tres de las leyes secundarias por mandato de la Constitución Política de la Ciudad de México.

La Ley Orgánica de las Alcaldías, la primera Ley del Congreso de la Ciudad de México y la Ley Orgánica de la Administración Pública Local del Poder Ejecutivo de la Ciudad de México fueron aprobadas en tiempo y forma por el pleno de la ALDF y remitidas al titular del Ejecutivo de la Ciudad de México para su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Para fundamentar el dictamen de la Ley Orgánica de Alcaldías, a nombre de la Comisión de Administración Pública Local, el diputado José Encarnación Alfaro, expuso la relevancia de la aprobación de la Ley a efecto de la Reforma Política del Distrito Federal, publicada el 29 de enero de 2016.

Destacó los trabajos de la Asamblea Constituyente, así como de las Mesas de Trabajo de Alcaldías, con la coordinación de los Diputados José Alfonso Suárez del Real, del Grupo Parlamentario de Morena y Elena Segura, del GP PRD.

Los legisladores aprobaron con 55 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, la primera Ley del Congreso de la Ciudad de México. El diputado José Manuel Ballesteros presentó el dictamen, como presidente de la Comisión de Normatividad Legislativa y Prácticas Parlamentarias.

Los legisladores de diversos grupos parlamentarios reconocieron la apertura del diputado Ballesteros para incluir sus propuestas. Se destaca los principios de transparencia y rendición de cuentas, así como de participación ciudadana. El nuevo Congreso contará un Centros de Estudios Legislativos para la Igualdad de Género, a propuesta de la dipoutada del PRI Mariana Moguel, así como con una plataforma digital para recibir propuestas ciudadanas y que reciban firmas de apoyo, por iniciativa de la Diputada Aleida Alavez.

El Congreso será el primero en cumplir con el principio de paridad de género, tendrá 31 comisiones ordinarias y nueve comités.

Con 56 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones se aprobó la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México.

La ley establece las reglas para la integración del Gobierno de Coalición y quien sea titular de la Jefatura de Gobierno podrá optar por conformarlo al inicio o en cualquier momento de su gestión.

Establece que deberá garantizarse la paridad de género en el gabinete del Gobierno de la Ciudad. Y en caso de Gobierno de Coalición, se deberá proponer ante el Congreso los nombramientos para su posible ratificación.

Incluye la creación del Sistema Integral de Información, Diagnóstico, Monitoreo y Evaluación del Desarrollo Urbano, el cual se concentrará la información referente a la Planeación y el Desarrollo Urbano, así como las políticas de orden Ambiental, incluyendo la tramitología para las licencias y permisos necesarios para cualquier construcción, así como los determinantes de su aprobación.

La legislación en materia electoral fue aprobada en julio pasado. Con esto, se avanza en el mandato constitucional de aprobar cinco leyes derivadas de la primera Carta Magna de la Ciudad de México.

 

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Aprueban en comisiones proyecto de dictamen de Ley de Alcaldías http://constitucionpoliticacd.mx/aprueban-en-comisiones-proyecto-de-dictamen-de-ley-de-alcaldias/ http://constitucionpoliticacd.mx/aprueban-en-comisiones-proyecto-de-dictamen-de-ley-de-alcaldias/#respond Thu, 21 Dec 2017 03:50:26 +0000 http://constitucionpoliticacd.mx/?p=4546

Determina la forma de organización, sus atribuciones y obligaciones; entre sus fines estará el preservar el equilibrio urbano, la identidad de los pueblos y barrios originarios y el medio ambiente

Integrantes de la Comisión de Administración Pública Local aprobaron por unanimidad el proyecto de dictamen que crea la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México.

El proyecto fue enviado a la Mesa Directiva para su discusión y votación por el Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Con estos trabajos, se avanza en el cumplimiento al mandato de la Constitución Política de la Ciudad de México, la cual faculta a la Asamblea Legislativa para aprobar cinco leyes secundarias que constituyen las bases de las nuevas formas de gobierno de la Ciudad de México a partir de 2018.

Las Alcaldías son la nueva forma de gobierno que sustituye a las Jefaturas Delegacionales. Se integrarán por una Alcaldesa o Alcalde y un Concejo, electos por votación universal, libre, secreta y directa para un periodo de tres años. Seis de estos concejales representarán las circunscripciones en las cuales se dividirá cada Alcaldía, las cuales mantienen la identidad de los pueblos y barrios originarios y comunidades.

El Concejo es el órgano colegiado electo en cada demarcación territorial, que tiene como funciones la supervisión y evaluación de las acciones de gobierno, el control del ejercicio del gasto público y la aprobación del proyecto de presupuesto de egresos correspondiente a la Alcaldía. En ningún caso ejercerán funciones de gobierno y de administración pública.

Con la ley se garantiza la personalidad jurídica y se dota de autonomía a las Alcaldías con respecto a su administración y al ejercicio de su presupuesto y establece competencias en sus jurisdicciones en materia de movilidad, seguridad, obra pública, seguridad ciudadana, entre otras. Además, establece estar sujeta a las disposiciones de las leyes relacionadas con los sistemas nacional y local anticorrupción que establecen la Constitución Local.

La ley determina los requisitos para ser alcalde o alcaldesa, tales como ser mayor de 25 años, tener residencia efectiva en la demarcación, por lo menos de seis meses ininterrumpidos inmediatamente anteriores al día de la elección; así como no ocupar cargos públicos, al menos 60 días antes de la elección.

Las Alcaldías son los gobiernos de proximidad con los ciudadanos y no hay autoridad intermedia entre éstos.

En la reunión de trabajo estuvieron presentes los diputados Adrián Rubalcava, presidente de la Comisión de Administración Pública Local de la ALDF (PRI); José Manuel Delgadillo, vicepresidente (PAN); Nora Arias, secretaria (PRD), así como Wendy González Urrutia, del Grupo Parlamentario del PAN,  Luis Gerardo Quijano Morales, del PRI y Fernando Zárate, del PVEM.

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Aprueba comisión Ley Orgánica de Administración Pública Local del Poder Ejecutivo de la CDMX http://constitucionpoliticacd.mx/aprueba-comision-ley-organica-de-administracion-publica-local-de-la-cdmx-del-poder-ejecutivo/ http://constitucionpoliticacd.mx/aprueba-comision-ley-organica-de-administracion-publica-local-de-la-cdmx-del-poder-ejecutivo/#respond Wed, 20 Dec 2017 03:33:29 +0000 http://constitucionpoliticacd.mx/?p=4542

Contempla las atribuciones del Gobierno de Coalición y otorga autonomía técnica y de gestión a la Secretaría de la Contraloría

Integrantes de la Comisión de Administración Pública Local aprobaron por seis votos en lo general y en lo particular el proyecto de dictamen que crea la Ley Orgánica de la Administración Pública Local de la Ciudad de México del Poder Ejecutivo y se abroga la Ley Orgánica de Administración Pública del Distrito Federal.

El dictamen fue remitido a la Mesa Directiva de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para su discusión y aprobación ante el pleno.

Se trata de una de las leyes que por mandato constitucional la Asamblea Legislativa del Distrito Federal está facultada para legislar este año y que ayuda a sentar las bases de las nuevas figuras de gobierno que tendrá la Ciudad de México a partir de 2018.

El presidente de la Comisión, Adrián Rubalcava, destacó la relevancia del dictamen que otorga autonomía técnica y de gestión a la Secretaría de la Contraloría General, lo que amplía las condiciones para un control del gasto más eficaz, de acuerdo con diversos lineamientos, incluyendo el Sistema Local Anticorrupción.

El dictamen establece las reglas para la integración del Gobierno de Coalición y quien sea titular de la Jefatura de Gobierno podrá optar por conformarlo al inicio o en cualquier momento de su gestión.

Establece que deberá garantizarse la paridad de género en el gabinete del Gobierno de la Ciudad. Y en caso de Gobierno de Coalición, se deberá proponer ante el Congreso los nombramientos para su posible ratificación.

Incluye la creación del Sistema Integral de Información, Diagnóstico, Monitoreo y Evaluación del Desarrollo Urbano, el cual se concentrará la información referente a la Planeación y el Desarrollo Urbano, así como las políticas de orden Ambiental, incluyendo la tramitología para las licencias y permisos necesarios para cualquier construcción, así como los determinantes de su aprobación.

Además, establece las atribuciones de la Jefatura de Gobierno en materia de cuenta de la hacienda pública, solicitud de deuda, derechos laborales, gobierno abierto, prevención del delito, entre otras.

Conforme al contenido de la Constitución Política de la Ciudad de México, contempla el derecho a la buena administración.

La Administración Pública de la Ciudad de México estará conformada por la Jefatura de Gobierno, las Secretarías, y la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, y los Órganos Desconcentrados. Entre los organismos descentralizados, estarán las empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos públicos.

Los organismos político administrativos son determinados Alcaldías, con funcionamiento y atribuciones establecidas en la Ley del mismo nombre.

El diputado Rubalcava declaró sesión permanente e indicó que convocará a los integrantes con suficiente anticipación para discutir y aprobar el proyecto de dictamen de la Ley del Alcaldías.

Para la aprobación de este proyecto de dictamen, a  la comisión fueron turnadas seis iniciativas en la materia por parte de los diputados Leonel Luna, coordinador del Grupo Parlamentario del PRD; Luis Alberto Mendoza Acevedo, del PAN; José Encarnación Alfaro Cázares, del PRI y presidente de la Comisión para la Reforma Política; Roxana Ávila García, de Movimiento Ciudadano; Beatriz Rojas, de Morena y otra conjunta de legisladores de los Grupos Parlamentarios del PRI, PAN, PRD y PVEM.

En la treceava reunión de trabajo estuvieron presentes el presidente de la Comisión, Adrián Rubalcava, del GP PRI; el vicepresidente de la Comisión, José Manuel Delgadillo, el GP PAN; la secretaria Nora Arias, y Elizabeth Mateos, del GP PRD; Wendy González Urrutia, del GP PAN, y Luis Gerardo Quijano Morales, del GP PRI.

Asistieron también para emitir su opinión los diputados del Grupo Parlamentario de Morena, César Cravioto, coordinador del Grupo Parlamentario, y los diputados José Alfonso Suárez del Real, Flor Ivonne Morales Miranda y David Cervantes.

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